¿Cómo obtener la indulgencia plenaria con la bendición Urbi et Orbi del Papa?
El papa Francisco impartirá hoy a las 18 de Roma -14 en la Argentina- la bendición Urbi et Orbi (a la ciudad y al mundo), ante una Plaza de San Pedro que estará vacía debido a la pandemia del coronavirus, pero que será una oportunidad para los fieles de obtener la indulgencia plenaria si siguen la transmisión por los medios de comunicación según las condiciones previstas por el reciente decreto de la Penitenciaría Apostólica.
Se tratará de una bendición Urbi et Orbi extraordinaria, pues los pontífices suelen impartirla solo el 25 de diciembre y el Domingo de Pascua.
“Presidiré un momento de oración en el atrio de la Basílica de San Pedro. Con la plaza vacía. Desde ahora invito a todos a participar espiritualmente a través de los medios de comunicación. Escucharemos la Palabra de Dios, elevaremos nuestra súplica, adoraremos al Santísimo Sacramento con el que al término daré la bendición Urbi et Orbi, a la cual se añadirá la posibilidad de recibir la indulgencia plenaria”, invitó el Papa el pasado domingo 21.
Condiciones para recibir la indulgencia plenaria
Las condiciones usuales que establece la Iglesia para recibir a indulgencia plenaria, en estos tiempos de emergencia se pueden reemplazar por un acto “de contrición perfecta” además de rezar por el Papa y la Iglesia. Las condiciones:
1)Confesar a solas con Dios nuestros pecados: ¿Qué es un acto de contrición perfecta? Es un dolor sobrenatural y aborrecimiento por los pecados que uno ha cometido, acompañado de una firme resolución de no volver a pecar nunca, con la determinación de confesarse cuando sea posible.
2)Rezar un Credo, Padre Nuestro y una oración a la Virgen María
3)Adoración eucarística o leer las Sagradas Escrituras por lo menos media hora, o rezar el Rosario, o la Coronilla de la Misericordia o el viacrucis.
4)Acompañar a través de algún medio de comunicación el rezo del Papa a las 14 hora de la Argentina.
¿Qué es una indulgencia?
El Catecismo de la Iglesia Católica explica que la indulgencia “es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia que, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.
Las indulgencias, que pueden ser parciales o plenarias, pueden obtenerse para uno mismo o para el alma de un difunto. No se puede ganar una para otra persona viva.