Las nuevas actividades habilitadas desde hoy en el país y en la Ciudad
El Gobierno nacional autorizó hoy la realización de diversas actividades dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como las vinculadas a tratamientos ambulatorios de rehabilitación y gimnasios, entre otras.
A través de la Decisión Administrativa 1952/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial Oficial, se exceptúa también del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio por el coronavirus a la realización de «reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre».
Asimismo, se habilitaron también las actividades acuáticas en natatorios públicos o privados al aire libre; museos con público; gimnasios; actividad física en establecimientos públicos y privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre; ferias de artesanías y manualistas al aire libre; y celebraciones religiosas al aire libre.
La decisión lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.
En todos los casos, se limita la cantidad de participantes, se especifica el distanciamiento que debe haber entre ellos, se dispone el cumplimiento de los protocolos establecidos y la organización de turnos y el relevamiento sanitario por áreas.
En actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre se permite una persona cada 4 metros cuadrados; en actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre, debe haber una persona cada 15 metros cuadrados.
En museos deberá haber una persona cada 15 metros cuadrados; y los gimnasios tendrán una ocupación del 30 por ciento al igual que la actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre.
Por último, para las ferias se establece que habrá una persona cada 15 metros cuadrados, con capacidad máxima de 20, y otras 20 personas adicionales si estas estuvieren al aire libre.
El gobierno nacional exceptuó del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por coronavirus a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas en todas sus modalidades, con fines recreativos y a las actividades periféricas que posibilitan ese desarrollo.
Así fue establecido a través de la Decisión Administrativa 1940/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Salud, Ginés González García.
La medida establece que las actividades se desarrollarán con «sujeción al sujeción a las Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas Individuales en contexto de la pandemia» establecidas por las autoridades y publicadas en el anexo.
Entre ellas se especifica que «se deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de las personas y que estas lleguen al lugar en el cual realizan las actividades autorizadas o a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano».
También se establece la «organización del trabajo con modalidad de turnos» así como «la desinfección de superficies y ventilación de ambientes», entre otras cuestiones.