Las sanciones para quienes no cumplan las nuevas restricciones
Santiago Cafiero aseguró que tras la publicación del nuevo DNU sobre las restricciones que se aplicarán ante la segunda ola de coronavirus, las multas e infracciones continuarán siendo las mismas que hasta el momento.
El jefe de Gabinete afirmó que se mantendrán las que ya existían durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio del 2020, las cuales van desde la orden de las fuerzas de Seguridad que solicitan el regreso de la persona al lugar de origen hasta la detención de la persona, en el marco de los artículos 205 y 239 del Código Penal.
Artículo 205
Se relaciona directamente con la violación de medidas contra epidemias, y estipula una pena de prisión de seis meses a dos años para las personas que vulneren cualquier medida sanitaria dispuesta por la autoridad competente, destinada a impedir la introducción o propagación de una epidemia.
Artículo 239
Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal.
Cabe recordar que recientemente la diputada del Frente de Todos Fernanda Vallejos propuso endurecer multas a quienes no respeten las medidas sanitarias. La legisladora lo propuso a través de un proyecto de ley presentado a mediados de marzo, donde Vallejos busca “evitar conductas irresponsables de infractores de las medidas de protección en materia de salud pública, que pongan en riesgo la salud y la vida de la población en el marco de la pandemia de la Covid-19”.
Vallejos propone duplicar las sanciones vigentes para el artículo 205 en caso de que la violación se produjese en el marco de una pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o de una emergencia sanitaria establecida por el Poder Ejecutivo Nacional, como ocurre en la actualidad.